Una vez hayas recibido nuestra confirmación de afiliación de tu empresa y trabajadores, cuéntales que ya pueden disfrutar junto a sus familias de servicios como:
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En Comfama trabajamos todos los días por la felicidad de nuestros trabajadores afiliados y por el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de sus familias, por esta razón, te proponemos un proceso de afiliación ágil y rápida a través de internet o presencial en cualquiera de nuestras sedes.
Una vez hayas recibido nuestra confirmación de afiliación de tu empresa y trabajadores, cuéntales que ya pueden disfrutar junto a sus familias de servicios como:
Anexo: documentos para la afiliación de trabajadores y su grupo familiar
Estos son los documentos de identificación que requieres como soporte para realizar la afiliación tus trabajadores y sus beneficiarios
Edad | Tipo de Documento |
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0 – 6 años | RC: Registro civil de nacimiento |
7 – 17 años | TI: Tarjeta de identidad |
18 años o más | CC: Cédula de ciudadanía |
Extranjeros mayores de 7 años | CE: Cédula de extranjería, para personas con permanencia en el país superior a 3 meses, menos a este tiempo pasaporte |
Extranjeros menores de 7 años | PA: Pasaporte |
Beneficiario | Acreditación y soporte documental |
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Cónyuge. | Registro civil de matrimonio. |
Compañera(o) permanente. | Formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio de Trabajo definido para tal fin. |
Los hijos menores de veintitrés (23) años de edad (independiente si se encuentran o no estudiando). | Registro civil de nacimiento. Certificado de estudio de los hijos entre los 12 y 23 años de edad, siempre y cuando el trabajador devengue hasta 4 smmlv, con el fin de recibir el subsidio cuota monetaria. Cabe indicar que a partir de los 19 años debe acreditarse que se encuentran estudiado un programa de Educación para el trabajo y desarrollo humano (ETDH). |
Los hijos de cualquier edad si tienen discapacidad. | La condición de discapacidad de los hijos se acredita adicionando el certificado emitido por el médico de la EPS donde se encuentre afiliado o la calificación de invalidez emitida por una entidad competente. |
Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del trabajador dependiente afiliado, menores de veintitrés (23) años de edad (hijastros), que dependen económicamente del trabajador. | Registro civil de nacimiento, en el cual la madre o el padre biológico, debe coincidir con el cónyuge o compañero(a) permanente que el trabajador tenga afiliado como beneficiario. |
Formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio de Trabajo para acreditar la dependencia económica. | |
Certificado de estudio de los hijastros entre los 12 y 23 años de edad, siempre y cuando el trabajador devengue hasta 4 smmlv, con el fin de recibir el subsidio cuota monetaria. Cabe indicar que a partir de los 19 años debe acreditarse que se encuentran estudiado un programa de Educación para el trabajo y desarrollo humano (ETDH). | |
Los hijastros de cualquier edad si tienen discapacidad y dependen económicamente del trabajador. | La condición de discapacidad de los hijastros se acredita adicionando el certificado emitido por el médico de la EPS donde se encuentre afiliado o la calificación de invalidez emitida por una entidad competente. |
Hermanos huérfanos de ambos padres menores de veintitrés (23) años de edad (independiente de que se encuentren estudiando) que dependen económicamente del trabajador. | Registro civil de nacimiento de los hermanos y del trabajador. |
Registro civil de defunción de ambos padres. | |
Formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio de Trabajo para acreditar la dependencia económica | |
Certificado de estudio de los hermanos huérfanos entre los 12 y 23 años de edad, siempre y cuando el trabajador devengue hasta 4 smmlv, con el fin de recibir el subsidio cuota monetaria. Cabe indicar que a partir de los 19 años debe acreditarse que se encuentran estudiado un programa de Educación para el trabajo y desarrollo humano (ETDH). | |
Los hermanos huérfanos de ambos padres de cualquier edad si tienen discapacidad y dependen económicamente del trabajador. | La condición de discapacidad de los hermanos huérfanos se acredita adicionando el certificado emitido por el médico de la EPS donde se encuentre afiliado o la calificación de invalidez emitida por una entidad competente. |
Los padres del trabajador que no estén pensionados, ni reciban renta o salario y dependan económicamente de éste. | Registro civil de nacimiento del trabajador. |
Formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio de Trabajo para acreditar la dependencia económica. | |
Los padres si tienen discapacidad y dependen económicamente del trabajador. | La condición de discapacidad de los padres se acreditar adicionando el certificado emitido por el médico de la EPS donde se encuentre afiliado o la calificación de invalidez emitida por una entidad competente. |